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sábado, 23 noviembre 2024
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Sala Superior confirma sentencia condenatoria a ex alcalde Praxedes Llacsahuanga Huamán

La Primera Sala Penal de Apelaciones de Piura, integrada por los jueces superiores Juan Carlos Checkley Soria, Cruz Elvira Rentería Agurto y Manuel Arrieta Ramírez confirmó la sentencia que se le impuso en diciembre del 2019 al ex alcalde de la Municipalidad Distrital de Veintiséis de Octubre (Piura), Práxedes Llacsahuanga Huamán, y a los ex funcionarios ediles Iván Yaguana Huamán y Uvaldo Pizarro Paico, imponiendo una condena de tres años de pena privativa de la libertad efectiva por el delito de colusión simple en agravio del Estado.

En la sentencia confirmada, de acuerdo al Código Penal, también se impone la inhabilitación para ejercer cargo público por el período de tres año, así como el pago de 180 días multa, que se fija en base al haber de los sentenciados.

En consecuencia, los jueces de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Piura, dispusieron que se giren las órdenes de ubicación y captura contra los tres sentenciados.

Este proceso judicial tiene su origen en la licitación pública para la “Adquisición de vehículos para limpieza pública de la Municipalidad Distrital Veintiséis de Octubre”, por un valor referencial de S/ 4´098,816.00; donde se dieron sendas irregularidades.

Una de estas, fue que la ex autoridad edil resolvió conformar el Comité Especial alterando la propuesta efectuada por la gerencia municipal al incluir al Ing. Luis Alfredo López Temoche, en lugar del representante del área usuaria, Néstor Reynaldo Herrera Rea, sin que exista documento alguno que lo respalde o se exponga fundamento para ello; dicho de otra forma, la exclusión del representante del área usuaria respondió a una decisión unilateral e injustificada, trasgrediendo las garantías establecidas en la Ley de Contrataciones y su Reglamento, no solo para seguir un proceso transparente sino con eficiencia.

Asimismo se tiene la actuación de la empresa SIGMA Equipment del Perú SAC, representada por Carlos Jesús Potesta Valencia, integrante del Consorcio que ganó la buena pro, que tiene como proveedor a la empresa RMB SATECI SAC, la que a su vez adquiere los insumos de la empresa USIMECA MEXICO SA.

Esta última empresa es la que requirió la adquisición de tres camiones compactadores para cumplir su compromiso con la Municipalidad Distrital Veintiséis de Octubre mediante orden de compra de fecha 30 de abril del 2015, cuando aún no se le había otorgado la buena pro, ni mucho menos había suscrito contrato con la Entidad, ya que esto último recién ocurrió el 08 de mayo del 2015 y 05 de junio del 2015 respectivamente.

La sentencia de primera instancia estuvo a cargo del Séptimo Juzgado Penal Unipersonal especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Piura, que despacho el juez Ronald Soto Cortez.

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