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martes, 10 diciembre 2024
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Beneficiarios de Pensión 65 serán atendidos en las oficinas del Banco de la Nación el 24 de agosto

Este 24 de agosto, los usuarios y usuarias del Programa Nacional de Asistencia Solidaria – Pensión 65 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), cobrarán la subvención económica que les entrega el Estado de manera bimestral correspondiente a los padrones de los meses julio-agosto y setiembre-octubre de 2020 a alrededor de 44,487 de sus usuarios, en el departamento de Piura.

La entrega del doble subsidio se realizará mediante tres modalidades: 36,802 personas adultas mayores podrán cobrar en las agencias del Banco de la Nación desde el 24 de agosto; otras 6, 971 mil que viven en zonas de difícil acceso cobrarán a través de Empresas Transportadoras de Valores – ETV, también conocidas como carritos pagadores. Un grupo de 714 usuarios mayores de 80 años y con discapacidad, accederán a la subvención mediante la modalidad de pago a domicilio, con el propósito de evitar que salgan y se expongan.

Este 24 de agosto, se iniciará el pago en las agencias del Banco de la Nación, donde se habilitará una ventanilla exclusiva para atender a las y los usuarios y usuarias, según el cronograma de pago que el Programa Pensión 65 del Midis viene difundiendo a sus usuarios y usuarias. La entrega se realizará cumpliendo el protocolo de gestión de espacios en los puntos de pago, que busca disminuir el riesgo de contagio de la COVID -19. Es importante tener en cuenta que el horario de pago de lunes a viernes es de 8:30 a. m. a 5 p. m. Y los sábados, es de 9:00 a. m. a 1:00 p. m.

El operativo de adelanto de pago se realizará entre el 17 de agosto y el 25 de setiembre. De no cobrar en las fechas señaladas, lo podrán hacer -posteriormente- en cualquier agencia del Banco de la Nación. Pensión 65 realizará el acompañamiento necesario a usuarias y usuarios durante las jornadas de cobro, en tanto que la seguridad estará garantizada con el apoyo de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.

Uso de carta poder

Si una persona usuaria de Pensión 65 no puede acudir a cobrar por algún motivo, sus familiares pueden gestionar -ante el juez de paz de la jurisdicción correspondiente- una carta poder para poder acceder al subsidio.

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