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jueves, 25 abril 2024
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Candidato sentenciado por alimentos regala canastas en campaña electoral y podría ser sancionado por el JEE

Pese a que la norma electoral prohíbe la entrega de dádivas, obsequios, alimentos y otros productos que excedan el 0.3 % de la UIT (13.80 soles), algunos candidatos continúan realizando estos donativos como estrategia de campaña a cambio de votos.

Este es el caso del candidato Aníbal Zapata Pacherre, quien postula a la alcaldía del distrito Veintiséis de Octubre, en la provincia de Piura, con el movimiento Unidad Regional.

Según el informe del área de Fiscalización del Jurado Electoral Especial de Piura, la entrega de canastas de víveres se habría realizado el pasado 26 de agosto de 2022 durante una actividad proselitista en los exteriores del mercado del asentamiento humano San Martín.

Además, el informe advierte que «el presente caso cumpliría con los lineamientos del artículo 12° del
reglamento que deben tomarse en cuenta para la fiscalización de la presunta vulneración del artículo
42° de la LOP, respecto a que la conducta sea realizada luego de que la organización política solicitó
al JEE la inscripción del candidato en el marco de un proceso electoral convocado»
.

En resumen, se concluye que el candidato habría vulnerado la Ley de Organizaciones Políticas al haber entregado de manera directa canastas de víveres a los pobladores del AA.HH. San Martin, que asistieron a la actividad.

Recomendación al JEE.

Se recomienda aplicar las sanciones correspondientes, tras la denuncia por parte de unos ciudadanos, quienes grabaron el hecho. Incluso al ser consultados por los fiscalizadores, los vecinos corroboraron la entrega de obsequios.

¿Cuál sería la sanción?

En la norma reglamentaria se establece que el Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente inicia, de oficio o ante una denuncia de parte, la investigación del caso y de determinar la infracción impone una multa equivalente a 30 UIT (138,000 soles) para aquellos que participan de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.  .

Si el candidato infractor reincide en la conducta infractora se aplica la sanción de exclusión de la lista de candidatos a los comicios del próximo 2 de octubre.

El reglamento también indica que la máxima sanción puede aplicarse de manera directa, cuando el órgano electoral determina que las dádivas entregadas superan las 2 UIT (9,200 soles). Además de las medidas señaladas, se corre traslado al Ministerio Público.

Sentenciado por violencia familiar y alimentos

Anibal Zapata Pacherre es un contador público que intenta por segunda vez llegar a la alcaldía de Veintiséis de Octubre. En 2018 postuló por el movimiento Seguridad y Prosperidad, al cual renunció para afiliarse a Unidad Regional, cuyo líder es el candidato al Gobierno Regional de Piura, Reynaldo Hilbck.

Según su hoja de vida, registra una sentencia por violencia familiar/alimentaria emitida por la jueza Petronila Valdéz Córdova en el año 2014. La magistrada le ordenó que se «abstenga de todo tipo de maltrato, acoso o amenaza» hacia su expareja. Además, se le exige asignar una pensión de alimentos para sus menores hijos.

Ahora es investigado por regalar víveres en campaña electoral y podría ser sancionado por el Jurado Electoral Especial de Piura. En la elección anterior también se le abrió proceso sancionador por no presentar la información financiera de sus aportes/ingresos y gastos de campaña.

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