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miércoles, 16 octubre 2024
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Arequipa: tras dos décadas, puerto Corío sigue siendo una ilusión

La idea de construir el puerto Corío, ubicado en el distrito de Punta de Bombón, provincia de Islay (Arequipa), ha estado en ciernes desde el año 2000. Pero cada paso que se da hacia delante, vienen dos hacia atrás.

Este ambicioso proyecto apunta de manera estratégica a la zona económica-comercial del Asia Pacífico. En dos décadas hubo proyectos de ley y acuerdos regionales que relevaban su importancia, pero solo en el papel.

En 2007, el empresario Carlos Corzo y su equipo presentaron un anteproyecto del puerto al Gobierno Regional de Arequipa. Elaborar el plan maestro consolidado duró hasta 2017. Se estimó una inversión de 2 mil 500 millones de dólares, con una recuperación proyectada en 11 años. No convenció a la Autoridad Portuaria Nacional (APN), quien lo rechazó en 2019.

Finalmente, en 2022 se lograron avances significativos. El 17 de noviembre, se promulgó la Ley 31625, que declara de necesidad pública la construcción del megapuerto de Corío. Posteriormente, el 3 de junio de 2024, se suscribió un convenio de colaboración entre ProInversión, la APN y el GRA para evaluar la viabilidad del proyecto.

Aquí vienen los últimos traspiés.

Nuevo rechazo al puerto Corío en Arequipa

Corío se pretende desarrollar bajo un modelo de concesión. Por esta razón, debería generar 7 mil millones de dólares durante sus primeros 30 años de operación para justificar su rentabilidad.

Este podría ser el mayor puerto del Perú, pero ha vuelto a sufrir un nuevo revés. La Autoridad Portuaria Nacional (APN) declaró improcedente un recurso de reconsideración presentado por el Consorcio HUB Corío Megapuerto del Sur. Este recurso fue interpuesto luego de que la viabilidad técnica temporal del proyecto fuera rechazada en una primera instancia.

El consorcio intentó responder a las observaciones de la APN mediante la presentación de nuevos documentos, pero no bastó. Según la APN, la modificación de la oferta del consorcio no fue respaldada con hechos nuevos y tangibles. APN indicó que la ley especifica que cualquier reconsideración debe sustentarse en pruebas pertinentes y concretas, algo que, según la APN, no se cumplió en este caso.

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