El pleno del Jurado Nacional de Elecciones trasladó al Concejo Provincial de Piura, la solicitud de suspensión contra el alcalde Gabriel Madrid Orue, luego que, haciendo uso de su cargo como autoridad, solicitó a la ministra de Vivienda, Hania Pérez, que no retire del cargo a Arrunátegui Sandoval como Jefe Zonal de Cofopri.
Según el solicitante, el alcalde habría cometido una presunta infracción al Reglamento Interno del Concejo (RIC).
Para el especialista en Derecho Electoral, Municipal y Regional, Julio Silva Meneses, la carta que dirige el alcalde provincial a la ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Hania Pérez Cuéllar, no constituye un acto de presión hacia la integrante del Ejecutivo, ya que en dicho documento el burgomaestre solo expresa su respaldo a la funcionaria.
En ese sentido, para el especialista, el burgomaestre piurano no ha cometido ninguna infracción al Reglamento Interno del Concejo (RIC).
“El pedido contra el alcalde de Piura no configura causal de suspensión. Considero que la comunicación que dirige a la Ministra de Vivienda no constituye un acto que nos lleve a concluir que está induciendo o presionando a la citada funcionaria”, refirió.
Con respecto a alguna presunta responsabilidad penal, el abogado Julio Silva Meneses, considera que el oficio no resulta idóneo para materializar algún delito contra el alcalde, como presuntos delitos de abuso de autoridad, tráfico de influencias o negociación incompatible.
Se defiende
Al respecto, la autoridad provincial, Gabriel Madrid Orue, calificó este pedido como “desatinado” y aseguró detrás de este caso estaría una exfuncionaria defendiendo a una empresa que busca atropellar los intereses del asentamiento Ollanta Humala. Además, del abogado Juan Carlos Álamo, quien fue funcionario de la gestión del exalcalde de Piura, Juan José Díaz Dios.
“Nadie me va a amedrentar, yo soy una persona que conozco mi función, se perfectamente por donde camino y mientras yo esté caminando en la legalidad no le tengo miedo a estos temas”, sostuvo la autoridad edil.