El Ministerio de Transportes y Comunicaciones promulgó este sábado la Resolución Ministerial n° 0386-2020-MTC/01, aprobando el protocolo sanitario del transporte terrestre de ámbito nacional y regional, que deberán tener en cuenta tanto transportistas como pasajeros, para el reinicio de actividades a partir de la segunda quincena de este mes de julio.
Medidas sanitarias comprenden, por parte del pasajero, el uso de protectores faciales y mascarillas, presentar una declaración jurada de salud para poder abordar los buses en la que aseguren no estar infectados con el coronavirus.
Además, el transportista podrá utilizar el 100% de los asientos de la unidad, siempre y cuando implemente una cortina de polietileno entre un asiento y otro, que contribuya al aislamiento. De lo contrario, solo se podrá utilizar los sitios que se encuentren contiguos a la ventana. No está permitido viajar de pie.
Asimismo, el Decreto Supremo 117-2020-PCM, aprobó la Fase 3 de la Reanudación de Actividades, dentro de la cual se encuentran comprendidas las actividades de transporte aéreo en el ámbito nacional, servicios conexos al transporte aéreo, servicios de transporte aéreo especial turístico y actividades de aviación general.
Medidas que debe cumplir el pasajero
Solo ingresará el pasajero a la instalación aérea. Sin embargo, en caso de requerir ayuda para su traslado, podrá estar acompañado de una persona.
Los viajeros deben estar tres horas antes de su vuelo en caso se embarquen en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, y con dos horas de antelación cuando aborden las aeronaves en las instalaciones aéreas de provincias.
Al entrar al terminal aéreo se tomará la temperatura, quienes deberán usar mascarilla y protector facial. Además, desinfectarán las suelas de su calzado y manos. Entregar una declaración de salud con datos personales. El documento facilita la ubicación del pasajero. Así, se le avisará en caso haya estado sentado cerca de un paciente con coronavirus