La Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (ST CC3) del Indecopi ordenó, a través de una medida cautelar, que los proveedores Grupo GDM S.A.C., Professional Cleaning S.A. y el señor Luis Dongo Riva, cesen la fabricación, comercialización y promoción del producto ‘Alcohol en gel antibacterial’, de la marca Cleaning House.
Asimismo, ordenó su retiro del mercado porque dicho producto estaría utilizando una autorización que no le corresponde, no contendría el porcentaje de alcohol que se declara en su etiqueta y su nivel de pH tendría efectos perjudiciales en la piel de las personas.
Esta medida cautelar se dicta en el marco del procedimiento administrativo sancionador iniciado por la ST CC3, en contra de los proveedores antes mencionados, responsables de la fabricación y comercialización del producto porque habrían incumplido lo siguiente:
- Deber de idoneidad. Debido a que el mencionado producto estaría utilizando una autorización que no le corresponde y no contendría el porcentaje de alcohol que declara en su etiqueta; y,
- Deber de seguridad. Puesto que el nivel de pH del producto podría resultar lesivo para la piel de las personas.
Es preciso indicar que estas empresas se encuentran en plazo legal para formular sus descargos a la imputación realizada, así como para presentar recurso de apelación contra la medida cautelar impuesta, ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia administrativa de la institución