Hoy se aprobaron los lineamientos para el reconocimiento de los convivientes del mismo sexo del personal de salud, fallecido por COVID-19, a fin de que accedan a la entrega económica.
La medida fue oficializada a través de la Resolución Ministerial N° 0220-2020-JUS, publicada este sábado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
“Este reconocimiento se rige bajo los principios de igualdad y no discriminación en razón a la orientación sexual de las personas”, señala el documento.
Según la norma, la persona que alegue haber sostenido una relación de convivencia, exclusiva y estable, con otra persona del mismo sexo que falleció desempeñándose como personal de la salud al servicio del Estado a consecuencia del COVID-19, debe presentar los siguientes documentos:
•Ficha de solicitud para el reconocimiento de convivientes del mismo sexo del personal de la salud fallecido a consecuencia del COVID-19.
•Declaración jurada de dos testigos con firmas legalizadas ante notario, que acrediten la convivencia por el periodo no menor de 2 años, señalando la dirección del domicilio compartido y que no tuvieron vida en común con otras personas durante dicha convivencia.
•Recibos de luz o agua, contratos de arrendamiento y/o documentos sobre bienes inmuebles o muebles adquiridos en copropiedad, en los cuales se advierta los nombres de uno o ambos convivientes y la dirección alegada como domicilio común. De preferencia, con antigüedad no menor de 2 años.
•Otros documentos que contribuyan a generar certeza sobre la relación mantenida con el causante y/o de la convivencia por un periodo no menor de 2 años.
Lee aquí la Resolución Ministerial: https://bit.ly/34ou15m.